¡En qué consiste la verificación vehicular?

Los vehículos son una de las fuentes más importantes de contaminantes del aire en la Ciudad de México, por eso la Secretaría del Medio Ambiente cuenta con un programa para asegurar que los vehículos que circulan en el Distrito Federal tienen la menor emisión posible de contaminantes, este programa se conoce como Programa de Verificación Vehicular. Además de asegurar una menor contaminación, fomenta también el mantenimiento preventivo y correctivo del vehículo. El programa es de carácter obligatorio para todos los autos matriculados en el Distrito Federal.

 

Los vehículos automotores registrados en el D.F. deberán realizar y aprobar una verificación de emisiones vehiculares cada semestre, salvo aquellos que obtengan un holograma doble cero (“00”), en cuyo caso la unidad estará exenta de verificar sus emisiones hasta por tres semestres posteriores al semestre en que obtuvo un holograma “00”.

Los vehículos nuevos o usados que se registren por primera vez en el Distrito Federal deberán ser verificados dentro de los 180 días naturales contados a partir de la fecha de la tarjeta de circulación.

 

Los vehículos matriculados en el Distrito Federal que ya han sido verificados en sus emisiones vehiculares deberán continuar verificando conforme al color del engomado o al último dígito numérico de sus placas de circulación en los siguientes términos:

 

El proceso de verificación de emisiones vehiculares aplica a todos los automotores matriculados en el Distrito Federal y los que portan placas metropolitanas, con excepción de los tractores agrícolas, la maquinaria dedicada a las industrias de la construcción y minera, las motocicletas, los vehículos eléctricos, los vehículos con matrícula de auto antiguo, automotores con matrícula demostradora y aquellos cuya tecnología impida la aplicación de la Norma Oficial Mexicana correspondiente (algunos vehículos híbridos y unidades a gas natural con sistema de combustión empobrecida).

De acuerdo al Programa Estatal de Verificación Vehicular, para los vehículos de uso particular, pesados e intensivos la vigencia de los certificados será de hasta 6 meses de acuerdo la siguiente tabla:

Color del engomado

Terminación

Periodo para verificar

1er semestre

2º semestre

Amarillo

Rosa

Rojo

Verde

Azul

5 ó 6

7 ó 8

3 ó 4

1 ó 2

9 ó 0

Enero - Febrero

Febrero - Marzo

Marzo - Abril

Abril - Mayo

Mayo - Junio

Julio - Agosto

Agosto - Septiembre

Septiembre - Octubre

Octubre - Noviembre

Noviembre - Diciembre

Requisitos para verificar mi auto

Costo de la verificación

· Tarjeta de circulación vigente (original y copia)

En caso de haber hecho el pago mediante transferencia bancaria, presentar copia de la transferencia y tarjeta pasada.

 

· Certificado de verificación del periodo inmediato anterior y/o constancia de verificación y/o pago de multas y/o autorización de verificación vehicular.

 

· En caso de vehículos foráneos deberán presentar el alta/baja de la placa o copia del documento oficial que lo acredite.

 

· Certificado de rechazo (en caso de ser aplicable)

 

· Copia de la factura del vehículo (copia)

En algunas ocasiones algunos de los requisitos necesarios para la verificación de su vehículo serán omitidos.

 

Pago de derechos 2017 y a partir del primero de abril de 2018, deberán presentar el recibo oficial del año en curso.

   Los precios para el primer semestre del 2017 son:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Antes de pagar su multa por verificación extemporánea, asegúrese de no tener adeudos de tenencia y/o infracciones de tránsito, con el objeto de evitar que se venza la vigencia del pago de su multa y que tenga la obligación de volver a pagarla.

 

Multas

Conozca aquí las multas y obligaciones aplicables para propietarios de vehículos automotores.

Dos

Cero

Exento

Informe SDB

Uno

Doble cero

Rechazo

Uso particular y pesado

Uso publico y transporte

$230.00

$125.00

$250.00

$445.00

$885.00

Sin costo

$110.00

Sin costo

TIPO DE CERTIFICADO Y HOLOGRAMA

Engomados Cero, Doble Cero, Uno y Dos.

El holograma "Cero" podrá otorgarse a:

 

· Vehículos de uso particular o intensivos ligeros a gasolina ya diesel modelos 2006 y posteriores, taxis modelo 2016 y posteriores (Para Centros de Verificación Vehicular, CVV con autorización dinámica).

 

El holograma "Doble Cero" podrá otorgarse a:

 

· Vehículos nuevos de uso particular a gasolina y diesel, a excepción de vehículos de 3.5 toneladas, registrados en el Padrón Vehicular del Estado de Querétaro, que se encuentren dentro de los 180 días posteriores de la fecha de la carta factura (CVV con autorización dinámica).

 

El holograma "Uno" podrá otorgarse a:

 

· Vehículos de uso particular, taxis o intensivos ligeros a gasolina y a diesel de 1994 a 2005.

 

El holograma "Dos" podrá otorgarse a:

 

· Vehículos de uso particular o intensivos ligeros a gasolina y a diesel de cualquier modelo (CVV con autorización dinámica).

0 1 2 y

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